EL NOTARIO

Los contratos otorgados ante el Notario son una garantía de certeza legal que otorga el Estado Mexicano a quienes solicitan su servicio.

En México, los actos que se celebran ante la fe y el consejo de un Notario, hacen prueba plena ante los Tribunales de todo el país y son una garantía absoluta de legalidad y seguridad jurídica.

El Licencidado Ernesto Ventre Sastre es el Notario Titular de la Notaría Pública No. 3 de Nacajuca, Tabasco.

El Notario es un asesor legal de quién requiera la prestación de sus servicios, y cuenta con atribuciones legitimadoras, sustanciales, de jurisdicción voluntaria o asuntos no contenciosos y de autoridad.

Como asesor legal de quién necesite de sus servicios, entiende e interpreta a las partes dándole la forma legal a sus voluntades mediante los instrumentos adecuados y dando fe de sus contenidos.

El consejo oportuno del Notario, impide que un cliente sea sorprendido y hasta llegue a ser víctima de despojo, fraude, largos y costosos litigios, en muchos casos de desavenencias familiares.


Ventajas de acudir con el Notario

  • Las partes pueden contar con la asesoría y consejo del Notario antes de la celebración de algún contrato para evitar trámites, juicios y gastos innecesarios. La Notario no es sólo una Profesional, sino una persona que actúa en el marco del Derecho con calidad, honorabilidad , integridad y ética buscando permanentemente la seguridad jurídica.

  • Las partes pueden tener la certeza de la legitimización e identificación de las mismas y evitar la suplantación ya que el Notario se cerciora y las verifica.

  • El Notario verifica y se cerciora que el enajenante sea realmente el propietario o en su defecto, que cuente con las facultades necesarias y suficientes para comparecer en carácter de representante del propietario.

  • El Notario verifica y se cerciora que el inmueble motivo de operación, no reporte gravámenes que puedan limitar la libre transmisión del dominio, como por ejemplo hipotecas, fianzas etc. y se encarga de recaudar todas las contribuciones, federales, estatales y municipales que se causen con motivo de la mencionada operación.

  • El Notario evita riesgos innecesarios para los contratantes ya que en la redacción y elaboración de los contratos que se pretenden formular, se cerciora de que se reúnan los requisitos establecidos por las leyes vigentes.

  • El Notario en su honestidad de servicio e imparcialidad, evita situaciones que pudiesen dar ventaja a alguna de las partes en perjuicio de la otra.

  • Al contar con la participación del Notario, se evita la pérdida, destrucción, etc. del contrato efectuado, pues lo que se entrega a los contratantes son copias certificadas o testimonios, y el original se conserva en el protocolo de la Notaría.